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Elecciones Nacionales ¿cuánto cobrarán las autoridades de mesa?

Elecciones Nacionales ¿cuánto cobrarán las autoridades de mesa?

El Ministerio del Interior definió cuanto cobrarán las autoridades de mesa designadas en las PASO, los comicios generales y en una eventual segunda vuelta

Los ciudadanos que sean designados como autoridades de mesa en las próximas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), en las generales y en una eventual segunda vuelta, podrán percibir hasta $1.900 por cumplir esa función, mientras que los delegados de cada centro de votación cobrarían 3.000 pesos.

A través de la Resolución 216/2019 publicada este martes en el Boletín Oficial, el Ministerio del Interior fijó los montos que recibirán los ciudadanos que cumplan funciones en las PASO del 11 de agosto, así como en las generales del 27 de octubre y en el balotaje (si hubiera) del 24 de noviembre.

Aquellas personas que se desempeñen como autoridades de mesa en los comicios «percibirán en concepto de viático» un total de $ 1.200 por cada acto electoral: ese monto podrá ampliarse hasta los $ 1.900 si participan de las «actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral».

En todos los casos, el monto es $ 1200 por elección más $ 700 adicionales –por única vez– por la capacitación correspondiente, aclararon desde el Ministerio del Interior.

En tanto, quienes cumplan funciones como delegados en los locales de votación cobrarán $ 3.000, mientras que los delegados tecnológicos de la Justicia Nacional Electoral que asistan a «establecimientos de votación en los que se lleve a cabo la verificación de la identidad de los electores mediante herramientas de identificación biométrica» percibirán $3.800 por cada elección.

El texto oficial, que lleva la firma del ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda, Rogelio Frigerio, subrayó que «resulta conveniente estimular la participación en actividades de capacitación por parte de los ciudadanos que resulten designados para actuar como autoridades de mesa, mediante la asignación de una compensación adicional a los efectos de propender a la mejora del desenvolvimiento de los comicios».

REGISTRO AUTORIDADES DE MESA



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