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Voto personas con discapacidad

Voto personas con discapacidad

Los ciudadanos que presenten alguna discapacidad y están incluidos en el Padrón Electoral pueden ejercer su derecho a voto con total libertad . Para esto se han dispuesto algunas medidas que facilitaran su proceso electoral

¿Qué es la Accesibilidad Electoral?

Consiste en las medidas, procedimientos y normativas que tienen como finalidad promover el pleno e integral acceso de la ciudadanía a las múltiples etapas que constituyen el proceso electoral, garantizando de esta manera el derecho de las personas con discapacidad a participar plena y efectivamente en la vida política, ejerciendo la libre expresión de la voluntad como electores a través del voto, por sus propios medios o cuando se requiera y, a petición de aquellos, que una persona

Prioridad en mesas electorales

Si Ud presenta alguna discapacidad tenga en cuenta que la ciudadanía en general debe hacer efectiva la prioridad y el acceso al voto de las personas con discapacidad o con reducción en su movilidad, en su visión o audición.

 

COA – CUARTO OSCURO ACCESIBLE

Cada establecimiento de votación contará con un Cuarto Oscuro Accesible (COA), en el que podrán votar, por propia opción, los electores registrados en otras mesas que presenten alguna discapacidad o limitación –permanente, transitoria–, como así también adultos mayores y mujeres embarazadas y/o con niños.

Será habilitado en el espacio de más fácil acceso y más cercano al ingreso del establecimiento. Además, contará con señalización para que puedas identificarlo.

 

Voto asistido para personas con discapacidad

Si presentas algún tipo de limitación o discapacidad para realizar el procedimiento de votación, podrás solicitar la asistencia del Presidente de Mesa o de una persona de tu confianza, quien deberá acreditar su identidad.

 

Dificultades ante la firma del Padrón Electoral

En el caso de que tengas alguna dificultad para la firma en el padrón, la Autoridad de Mesa debe preguntarte si necesitás ayuda y de qué modo puede facilitarte el proceso. Si no pudieras o supieras firmar, la Autoridad de Mesa deberá asentar la suya en tu reemplazo y dejar constancia de esta circunstancia en el espacio de observaciones del padrón.

 

Compañía de Perros de Asistencia

En caso de requerirlo el ciudadano puede ingresar al cuarto oscuro acompañado de su perro de asistencia y podrá permanecer junto al el mientras el elector ejerce su derecho a voto

 

Solicite asistencia para emitir su voto

Si en el establecimiento de votación existieran barreras arquitectónicas (escalones, escaleras) deberá dirigirse al Delegado de la Justicia Nacional Electoral o al personal del Comando General Electoral, quienes le proporcionarán la ayuda necesaria para que pueda ejercer su derecho.