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Autoridades de Mesa Elecciones Nacionales 2021

Las Autoridades de Mesa conllevan unas de las funciones más importantes en el proceso de elección democrática, según las reglas y principios que consagra la Constitución Nacional. Su participación en el acto electoral es indispensable para garantizar que los comicios se desarrollen de manera justa, transparente y confiable.

Las mesas electorales son órganos formados por ciudadanos elegidos por sorteo o extraídos de postulaciones voluntarias , encargados de recibir los votos de los ciudadanos y de hacer el recuento en un proceso de elecciones. ... Una mesa electoral suele estar formada por tres ciudadanos: un presidente y dos vocales.



 

¿Quién designa a las autoridades de mesas electorales?

Los Presidentes de Mesa y sus suplentes son designados por el Juzgado Federal con competencia electoral del distrito que corresponda, quien envía por correo postal las notificaciones a cada ciudadano que deba cumplir con el rol de autoridad de mesa.

Los presidentes de mesa y sus suplentes cumplen una función fundamental para asegurar que los comicios se desarrollen de manera transparente y confiable. Por ello y para favorecer que la ciudadanía participe activamente, la Ley Nº 26.571 estableció la creación del Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesas, disponiendo asimismo que los Juzgados Federales con competencia electoral tengan en cuenta a los inscriptos en el momento de designar a quienes desempeñarán estas funciones en las próximas elecciones.

Conformación de las Autoridades de Mesa

Cada mesa electoral tendrá como única autoridad un funcionario que actuará con título de presidente. Se designarán también un (1) vicepresidente 1º y un (1) vicepresidente 2º que auxiliarán al presidente y lo reemplazarán en los casos que esta Ley establece. La designación de autoridades de comicios es un deber publico irrenunciable.

En la ley 7.876 (ley Electoral de la Provincia) en su Art. 42 dispone que en todo lo referente a mesas electorales, apertura del acto, emisión del sufragio, funcionamiento del cuarto oscuro y clausura del acto, deberá ajustarse a los dispuesto al respecto en el Titulo IV del Código Electoral Nacional, en lo que no se oponga a la reglamentación del sistema de voto y escrutinio electrónico que dictara la Junta Electoral. En caso de que no fuera ello posible por cualquier circunstancia, la Junta Electoral dispondrá lo que correspondiere por vía reglamentaria.

Cómo me postulo como Autoridad de Mesa para las Elecciones 2021 ?

Para postularse como Autoridad de mesa para la próximas elecciones debe Completar el Formulario a continuación


 

En este sitio Ud. podrá inscribirse como Postulante para cubrir la función de Autoridad de Mesa.
Asimismo, podrá hacerlo para futuras elecciones o actualizar los datos correspondientes a una inscripción ya existente. 

Antes de ingresar al formulario de inscripción, ASEGURESE de disponer de una COPIA DIGITALIZADA COMPLETA (en formato PDF) de su DNI, LE o LC.

Por último, puede Ud. informarse acerca de aspectos relativos a la organización del acto electoral. 

Capacitación de Autoridades de Mesa

La Escuela de Capacitación y Educación Electoral, es un área de la Cámara Nacional Electoral creada mediante acordada
extraordinaria Nº 128/09 CNE, cuyo objetivo principal es promover los valores democráticos esenciales para el ejercicio de los
derechos políticos y la participación electoral. En este sentido, se encarga del diseño, organización, estudio y formación
permanente de programas educativos destinados tanto a los actores que cumplen funciones específicas el día de la elección
como a la ciudadanía en general y particularmente a aquellos segmentos de la sociedad que por diversas circunstancias socio -
económicas y culturales requieran especial atención en material electoral.

Contacto :
TELEFONO: +54 11 4370-2500
cnelectoral.capacitacion@pjn.gob.ar

Material de Capacitación 2019

Cronograma de Capacitaciones 2019