Las elecciones nacionales legislativas del domingo próximo contarán con un sistema que se utilizará en el país por primera vez y que consistente en un único documento que reúne a los candidatos de todas las fuerzas políticas.
El próximo domingo se realizarán las elecciones nacionales legislativas, en las que se pondrán en juego 127 bancas de diputados y 24 de senadores.
Esas compulsas tendrán la novedad de la Boleta Única de Papel (BUP), un sistema que se utilizará en el país por primera vez. Consiste en un único documento que reúne a los candidatos de todas las fuerzas políticas.
En el sitio web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) se detalla que “es el instrumento de votación para todos los procesos electorales nacionales implementado por la ley 27.781”.
Además, se precisa que las BUP “se encuentran adheridas a un talón troquelado, que debe contener la fecha de la elección, identificación del distrito, sección y circuito electoral, así como también serie y numeración correlativa”.
Y se añade: “Estos últimos se encuentran sólo en el talón y no en la boleta que se entrega al/la elector/a, de modo tal que no es posible individualizar al/la votante o vulnerar el secreto del voto”.
Además, se puntualiza que “el dorso de la BUP debe contener un espacio destinado a la firma del/a presidente de mesa, la identificación del tipo y fecha de la elección, y únicamente podrá incluir imágenes y/o leyendas que la Justicia Federal con competencia Electoral determine para cada elección”.
La diferencia entre un voto en blanco y uno nulo
Debido a que se trata de una novedad, la Dirección Nacional Electoral (DNE) recomendó a los votantes prestar atención en las distintas categorías de candidatos y demás cuestiones que involucran al procedimiento.
En tanto, en el sitio web de la CNE, se consigna que “la Boleta Única de Papel (BUP) no contiene un casillero específico para votar en blanco”.
Además, se especifica que “son votos en blanco aquellos en los que el/la elector/a no marca ninguna preferencia electoral en una o más categorías”.
En cambio, son nulos los emitidos mediante una BUP no oficializada. Y, si la boleta es la correcta, son considerados de esa manera los sufragios “con dos o más marcas para distintas agrupaciones políticas para la misma categoría”. En ese caso, la nulidad sólo afecta a la categoría en la que se hubiese producido la repetición de opciones.
Además, se tomará como inválida a la BUP “en la que se hubiese roto algunas de las partes”, si eso impidiera determinar cuál fue la opción electoral escogida, limitándose la nulidad a la categoría en la que no fuera posible identificar el voto por el destrozo.