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PASO 2021 : De cuánto es la multa por no votar ?

PASO 2021 : De cuánto es la multa por no votar ?

Es de público conocimiento que las elecciones 2021 en la Argentina son obligatorias y quienes no se presenten recibirán una multa por infracción: de cuánto es la multa por no votar, qué sucede en caso de ausentarse por Covid y cuáles son las consecuencias.

Producto de la pandemia del Covid-19 y la emergencia sanitaria, las PASO de las elecciones legislativas, que originalmente se llevan a cabo en el mes de agosto, tendrán lugar el 12 de septiembre y la Justicia Electoral ya dio a conocer el padrón.

Ya a menos de un mes de las elecciones, elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO): como de costumbre, y a pesar del contexto epidemiológico, el voto es 100% obligatorio y aquellos que no se presenten recibirán una multa por infracción.

El riesgo sigue, pero las elecciones le ponen un techo a la incertidumbre

CUANDO SE APLICA LA MULTA POR NO VOTAR   ?

El voto en las PASO es obligatorio para todas las personas de 18 años de edad, o más. Quienes se hayan ausentado, además de la multa por no votar, quedarán imposibilitados de cumplir con ciertos derechos civiles.

Hay algunas excepciones, en donde los ciudadanos están legalmente exceptuados de votar:

  • Si uno está a más de 500 kilómetros del lugar de votación con un motivo razonable. En este caso, deberá acercarse a una comisaría para tramitar el certificado de no voto, el cual deberá ser cargado en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
  • Jueces y auxiliares que deban mantener abiertas sus oficinas durante la fecha.
  • Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor. Las mismas deberán ser comprobadas por médicos del servicio de sanidad nacional o, en su defecto, médicos oficiales, provinciales, municipales, o médicos particulares.
    Personal de empresas y organismos de servicios públicos que, por el cumplimiento de sus tareas, no puedan acudir a los comicios.

PASO 2021: QUÉ PASA SI TENGO COVID

Las autoridades electorales señalaron que las personas contagiadas de coronavirus o quienes sean casos sospechosos no estarán obligados a votar.

El comunicado oficial de la CNE indicó: «En caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo».

En caso de querer votar igual, cada distrito se hará cargo de los mecanismos para facilitar el voto: «El juez federal electoral determinará el procedimiento de emisión de voto para aquellas personas que, eventualmente y pese a estar comprendidas en lo previsto en el párrafo anterior, exijan ejercer su derecho al sufragio. El procedimiento deberá garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas para prevenir el contagio y preservar la salud de las demás personas».

NO PUEDO IR A VOTAR: CÓMO AVISO

Quienes se hayan ausentado tendrán un lapso de 60 días para cargar la documentación que justifique la ausencia. De no hacerlo, la persona quedará registrada como infractor y deberá abonar una multa de $ 50 para las PASO y de $ 100 en las elecciones generales.

La ausencia puede justificarse de manera online a través de la página de infractores, en la que cualquier persona puede consultar su estado como infractor o no:

  1. Ingresar al Registro de Infractores del deber votar
  2. Completar los datos con número de documento, sexo y distrito e ingresar el código de verificación.
  3. Luego, clickear en el botón «Consultar».



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